El copyright de la mayoría de las obras establece que todos
los derechos (de copiar, modificar, digitalizar o transmitir la obra de la
manera que sea) se reservan al titular del copyright y cualquier otra persona
tiene que pedirle permiso para hacer cualquiera de estas acciones (sí que se
permite la copia de la obra para uso privado y sin lucro, y determinados usos
relacionados con la educación, la investigación, o el préstamo bibliotecario).
La
realidad tecnológica de nuestros días (acceso generalizado a Internet y a
equipos para copiar y crear, digitalización de toda clase de obras…) han
provocado un cambio de contexto. Si antes el copyright protegía principalmente
a un editor y/o autor frente a otro editor que quisiera copiar y comercializar
la obra sin pagarle derechos de autor, ahora quiere proteger a los autores o
titulares de los derechos frente al público "pirata".
Visión convencional
Según la visión convencional, quien copia un libro o
cualquier obra artística deja de comprarlo, por lo que el autor no recibirá
remuneración por su obra vía derechos de autor, que suelen ser de un 10% del
precio de venta al público sin IVA. Por lo tanto, si se generaliza el fenómeno
de la copia, la producción cultural y artística disminuirá. Esta argumentación
lleva a la defensa del tradicional todos
los derechos reservados.
En esta línea y ante el cambio de contexto que comentábamos,
la interpretación y aplicación de la ley ha ido evolucionando en el sentido de
restringir los derechos del público. Por ejemplo, las copias hechas en una
fotocopiadora de uso público (biblioteca, empresa…) o en una copistería se
consideran copias no privadas o con ánimo de lucro; por lo tanto esos
establecimientos tienen que pagar cada año una licencia para poder hacer
fotocopias, y también el canon de
compensación, que se paga al
comprar aparatos tales como una fotocopiadora. Una directiva europea obliga a que
se pague al comprar aparatos como por ejemplo una fotocopiadora. Una directiva
europea obliga a cobrar un canon por préstamo a las bibliotecas en concepto de
derechos de autor, que tienen que pagar los usuarios o las mismas bibliotecas;
algunos países todavía no han transpuesto esta directiva.
Esta
interpretación restrictiva de los derechos del público es la adoptada por gran
parte de la industria cultural y las sociedades de gestión de derechos de
autor. Por eso ponen obstáculos tecnológicos a las copias (sistemas anticopia
en los DVD, localizadores de copias en Internet…), financian campañas de
concienciación y presionan a favor de una legislación más restrictiva.
Visión copyleft
En la visión copyleft el autor continúa cobrando un porcentaje
sobre las ventas y continúa ejerciendo su derecho moral de decidir como se
difundirá la obra. La diferencia es que no se reserva sistemáticamente los
derechos de copia, sino que puede ceder alguno (o todos) al público: algunos
derechos reservados. Concretamente, siempre permite que todo el mundo pueda
copiar, distribuir, leer, visionar, escuchar etc., tanto privada como
públicamente, sin tener que pedir permiso, si lo hace sin ánimo de lucro. Y
puede tener exclusividad sobre el uso comercial de la obra, o permitir también
que otros la gestionen con ánimo de lucro.
La
intención de esta forma de gestionar los derechos de autor es “liberar” la
cultura, facilitar el acceso a la misma. Busca en definitiva un equilibrio
entre los derechos del autor y los del público, de manera que uno y otro salgan
beneficiados.
¿Está en peligro la
cultura con la visión copyleft?
La visión copyleft sostiene, en contraposición a la visión
convencional, que es la restricción de derechos lo que perjudica a la mayoría
de autores, como también perjudica al público y a la divulgación cultural en
general.
En realidad, muy pocos autores pueden vivir de los derechos
de autor; únicamente los más famosos. Una pequeñísima fracción de los libros
que se publican (el 0'5% en el caso de España) llega a los 15.000 ejemplares vendidos.
De grandes best Sellers hay una veintena. De la gran mayoría de títulos se
venden unos pocos centenares de ejemplares. El precio medio de los libros no es
muy alto: unos 12 euros en el caso de España, unos 7 en el caso de Turquía. El
autor recibe generalmente un 10% de este precio de venta al público: pongamos 1
euro por ejemplar vendido. La gran mayoría de autores, pues, pueden aspirar, si
todo va muy bien, a ingresar unos 1.000 euros anuales por libro publicado. Con
esto no ganan para comer… Y los autores de éxito considerable (15.000
ejemplares) recibirían 15.000 euros anuales; tampoco ninguna fortuna. Para la
mayor parte de autores, las principales fuentes de ingresos provienen de las
actividades que genera el prestigio de ser autor de una obra (conferencias,
artículos en la prensa…) y del mecenazgo público o privado (encargos, becas…)
No es cierto pues, que los ingresos por la venta de copias sean indispensables
para la creación cultural.
Por otra parte, la difusión libre de una obra no tiene el
porque repercutir en un descenso en las ventas y puede pasar lo contrario. Un
patrón de comportamiento puede ser: Me
voy a bajar tal libro de Internet. Si no lo hubiera encontrado así, seguramente
nunca habría sabido que existía o no lo habría leído. Me gustó tanto que me lo
compré para acabarlo de leer más a gusto y se lo pasé a dos amigos; uno de
ellos se lo ha comprado. El hecho de que se pueda ver la obra completa abre
muchas posibilidades de promoción (enlaces en webs, profusión de reseñas,
activación del boca-oreja, utilización pública de la obra, cita de fragmentos
en otras publicaciones…) Así la circulación libre de una obra puede acabar
generando no menos, sino más ventas.
La difusión libre de las obras y la posibilidad generalizada
de acceder a ellas generan una proliferación de estímulos intelectuales y
culturales que deriva en más producción y en más gente interesada en la
producción cultural. Las webs donde se pueden colgar fotos, música, vídeos,
etc., están llenas de creaciones.